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DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 12155
18 de noviembre, 2004
DI-AA-2294
Licenciado
Luis Leitón Aguilar
Jefe, Departamento de Proveeduría
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
San José
Estimado señor:
Asunto: Contrato para la construcción de la Estación de Bomberos y Oficina de Seguros en Cañas, Guanacaste, suscrito entre el Instituto Nacional de Seguros y la firma Arquitectura JOF, S.A.
Nos referimos a su oficio No. PROV-5721-2004 del 4 de octubre del año en curso, mediante el cual solicita la aprobación del Contrato para la construcción de la Estación de Bomberos y Oficina de Seguros en Cañas, Guanacaste, suscrito entre el Instituto Nacional de Seguros y la firma Arquitectura JOF, S.A.
Al respecto, una vez realizado el estudio de rigor, le comunicamos que esta Contraloría General concede el refrendo constitucional al contrato supraindicado, el cual queda condicionado a la existencia de contenido presupuestario.
De previo a girar la orden de inicio de esta obra, la Administración deberá vigilar, bajo su absoluta y exclusiva responsabilidad, que se cumpla con las disposiciones ambientales establecidas en nuestro ordenamiento jurídico vigente.
Atentamente,
Alberto Franco Narváez
Fiscalizador
Anexo: Tres ampos
AFN/lmu
ci Archivo Central
Ni: 21583
2004006561
· Contratos
] ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 08/10/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 04710
5 de mayo, 2004
DI-AA-0951
Licenciado
Érick Ramírez Torres
Proveedor
Instituto Nacional de Seguros
Estimado señor:
Asunto: Contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Seguros y la empresa Central de Servicios PC S.A.
Nos referimos a su Oficio No. PROV-1425-2004 del 31 de marzo del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Seguros y la empresa Central de Servicios PC S.A., para la adquisición de servidores
Una vez efectuado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el contrato de cita por encontrarse acorde con el ordenamiento jurídico vigente y con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por el Lic. Manuel Cordero, Jefe de la Dirección de Modernización e Informática, por lo que queda bajo la exclusiva responsabilidad de ese funcionario la información por él indicada.
Por otra parte, queda bajo la exclusiva responsabilidad de la Administración verificar el cumplimiento de los términos técnicos de esta contratación establecidos tanto en el cartel como en la oferta de la adjudicada.
Atentamente,
Licda. Lucía Gólcher Beirute, M.B.A.
Fiscalizadora
Anexo: Dos expedientes
LGB/lmu
ci Archivo Central
Ni: 6844
2004002221
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 06/05/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Lic. Manuel Antonio Salazar Padilla 27 de setiembre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 11171
27 de setiembre, 2004
DI-AA-2149
Licenciado
Manuel Antonio Salazar Padilla
Gerente
Instituto Nacional de Seguros
San José
Estimado señor:
Asunto: Se requiere aprobación de la Resolución administrativa G-1299- 2004 de la Gerencia del Instituto Nacional de Seguros del 16 de agosto de 2004.
Se hace referencia a su oficio G-1300-2004, de fecha 16 de agosto del año en curso, mediante el cual solicita a esta Contraloría General la aprobación de la resolución administrativa G-1299- 2004 de la Gerencia del Instituto Nacional de Seguros del 16 de agosto de 2004, para atender la indemnización a favor de la empresa EDICA Ltda., como resultado de la rescisión por mutuo acuerdo de la relación contractual existente entre las partes y derivada de Licitación Pública N. 18-2003, cuyo objeto era la construcción de los elevadores panorámicos en las instalaciones centrales de esa Administración.
Efectuado el análisis de rigor, conviene realizar las siguientes observaciones:
I. Antecedentes
1. Mediante publicación realizada en el Diario Oficial La Gaceta No. 172 del 08 de setiembre de 2003, el INS invitó al Concurso correspondiente a la Licitación Pública N. 18-2003 “Construcción Elevadores Panorámicos en el Edificio de Oficinas Centrales del Instituto Nacional de Seguros”.
2. De conformidad con el acta de apertura, visible a folios 630 a 632 del expediente administrativo de esta contratación, en la fecha y hora establecidas fueron recibidas las ofertas presentadas por las siguientes empresas: i) Constructora Navarro y Aviles S.A.; ii) Constructora Meltzer S.A., y iii) EDICA Ltda..
3. Mediante Acuerdo III de la Sesión 8656 celebrada el 04 de marzo ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 20/09/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Luis Leitón Aguilar
19 de octubre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 12718
19 de octubre, 2004
DI-AA-2373
Licenciado
Luis Leitón Aguilar
Jefe, Departamento de Proveeduría
Instituto Nacional de Seguros
San José
Estimado señor:
Asunto: Contrato y addendum suscritos entre el Instituto Nacional de Seguros y el Consorcio Paul Benavides Ramírez-Eduardo Glenn Calvo, para los servicios de alimentación para pacientes y funcionarios de la Dirección del INS-Salud.
Nos referimos a su Oficio No. PROV-5051-2004 del 3 de setiembre del año en curso, mediante el cual nos remite, nuevamente para refrendo, contrato y addendum suscritos entre el Instituto Nacional de Seguros y el Consorcio Paúl Benavides Ramírez-Eduardo Glenn Calvo, para los servicios de alimentación para pacientes y funcionarios de la Dirección del INS-Salud.
Sobre el particular nos permitimos manifestar lo siguiente:
Antecedentes
Mediante Oficio No. PROV-3361-2004 del 28 de junio del año en curso, el INS remitió por primera vez para refrendo, contrato para los servicios de alimentación para los pacientes de INS-Salud y sus funcionarios.
Sin embargo, este Órgano Contralor remitió sin refrendo el contrato de mérito, mediante Oficio No. 8898 (DI-AA-1678) del 3 de agosto del 2004, por las siguientes razones:
En la cláusula segunda del contrato se estableció el precio por cada una de las comidas que debían ser brindadas: desayuno, almuerzo, cena, colocación matutina, colocación vespertina y colocación nocturna. Dichos precios eran los mismos para dietas normales y especiales. Adicionalmente, en esacláusula se estipuló que el precio total por paciente sería de $13,0741, independientemente si la dieta fuera normal o especial.
Sin embargo, esta Contraloría General desconocía el origen de esta última suma, razón por la cual la Administración debía aclarar dicha situació ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 20/10/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Sr. Gregorio Segura Coto
18 de junio, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 11373
23 de setiembre, 2004
DI-AA-2173
Licenciado
Luis Leitón Aguilar
Jefe, Departamento Proveeduría
Instituto Nacional de Seguros
San José
Estimado señor:
Asunto: Contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Seguros y la Agencia Comercializadora La Península S.A., para la contratación de agencias comercializadoras de seguros.
Nos referimos a su Oficio No. PROV-4320-2004 del 9 de agosto del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Seguros y la Agencia Comercializadora La Península S.A., para la contratación de agencias comercializadoras de seguros.
Una vez efectuado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el contrato de cita, teniendo a la vista certificación de contenido presupuestario emitida por el Lic. Bernal Centeno Madrigal, Jefe de la Dirección de Mercadeo de dicha entidad, por lo que queda bajo la exclusiva responsabilidad de ese funcionario la información por él indicada.
Igualmente, con base en lo dispuesto en el numeral 35.2 del Reglamento General de Contratación Administrativa, queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración la metodología empleada para calcular la garantía de cumplimiento.
Atentamente,
Licda. Lucía Gólcher Beirute, M.B.A.
Fiscalizadora
Anexo: Dos expedientes y un fólder
LGB/lmu
ci Archivo Central
Ni: 17144
2004005274
( Contratos
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Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 22/09/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Lic. Gonzalo Gómez Álvarez
13 de agosto, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No.12505
14 de octubre, 2004
DI-AA-2342
Licenciado
Luis Leitón Aguilar
Jefe Proveeduría
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
San José
Estimado señor:
Asunto: Contrato para la adquisición de equipos de comunicación de datos suscrito con el Consorcio conformado por la empresa Servicios de Infocomunicación S.A. y Datagrama Comunicaciones S.A., mediante procedimiento de licitación por registro No. 304005.
Damos respuesta a su oficio PROV-5800-2004, de 6 de octubre del 2004, mediante el cual nos remite –para efectos de refrendo constitucional- el Contrato para la adquisición de equipos de comunicación de datos suscrito con el Consorcio conformado por la empresa Servicios de Infocomunicación S.A. y Datagrama Comunicaciones S.A., mediante procedimiento de licitación por registro No. 304005.
Una vez realizado el análisis de rigor, siendo que se subsanó la omisión detectada en una primera gestión de refrendo, procedemos a devolver el documento contractual de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General.
Este refrendo se concede con vista en la resolución de adjudicación que fue publicada en el diario oficial La Gaceta no. 136 del 13 de julio de 2004, así como la certificación de contenido presupuestario emitida el nueve de agosto de los corrientes por el Lic. Guillermo Artavia Díaz en su condición de SubJefe de la Dirección de Modernización Informática de ese Instituto, de manera que la información consignada en ese documento queda bajo la responsabilidad de ese funcionario.
Atentamente,
Lic. Randall Eduardo Vargas Mata
Fiscalizador Asociado
Anexo: Dos expedientes
RVM/lmu
ci Archivo Central
Ni: 21906
2004005694-2
· Contratos
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Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 14/10/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Sr. Carlos Quesada H.
14 de octubre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 12486
14 de octubre, 2004
DI-AA-2333
Señor
Carlos Quesada H.
Subjefe, Departamento de Proveeduría
Instituto Nacional de Seguros
San José
Estimado Señor:
Asunto: Contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Seguros y la empresa I.T.C. Seguros S.A. para la contratación de agencia comercializadora de seguros.
Nos referimos a su Oficio No. PROV-4997-2004 del 2 de setiembre del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Seguros y la empresa I.T.C. Seguros S.A. para la contratación de agencia comercializadora de seguros.
Sobre el particular nos permitimos manifestar lo siguiente:
De conformidad con el artículo 33 del Código Civil, la existencia de las personas jurídicas proviene de la ley o del convenio conforme a la ley. La capacidad jurídica es inherente a toda persona durante su existencia de un modo absoluto y general. En el caso de las personas jurídicas ésta se modifica o limita por la ley que las regula (artículo 36 del mismo Código)
En ese sentido, el artículo 19 del Código de Comercio, estipula que la constitución de una sociedad, sus modificaciones, disolución y cualesquiera otros actos que en alguna forma modifiquen su estructura, deberán ser necesariamente consignados en escritura pública, publicados en extracto en el periódico oficial e inscritos en el Registro Mercantil. El numeral 20 señala que las sociedades inscritas en el Registro tendrán personería jurídica.
De las normas citadas, se puede concluir, que una persona jurídica nace a la vida a partir de su inscripción en el Registro, por lo que, su capacidad jurídica para ser objeto de derechos y obligaciones, la tendrá a partir de ese momento.
Según consta de la documentación remitida por la Administración, particu ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 14/10/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No.16276
16 de diciembre, 2004
DI-AA-2908
Licenciado
Manuel Antonio Salazar Padilla
Gerente
Instituto Nacional de Seguros
San José
Estimado señor:
Asunto: Se presenta ante esta Unidad solicitud de reconsideración en torno al Oficio No.11171 (DI-AA-2149).
Se hace referencia a sus oficios G-1574-2004 y G-1735, de fecha 15 de octubre y 29 de noviembre de 2004, respectivamente, mediante los cuales se solicita a esta Contraloría General reconsiderar el contenido del Oficio No. 11171 (DI-AA-2149).
En torno al Oficio cuestionado, ha de indicarse que a través del mismo se denegó la resolución administrativa G-1299- 2004 de la Gerencia del Instituto Nacional de Seguros del 16 de agosto de 2004, por medio de la cual se atendía la indemnización reconocida a favor de la empresa EDICA Ltda., como resultado de la rescisión por mutuo acuerdo de la relación contractual existente entre las partes y derivada de Licitación Pública N. 18-2003, cuyo objeto era la construcción de edificios panorámicos en las instalaciones centrales de esa Administración.
Realizado el estudio pertinente y conocidas las razones que fundamentan y abogan por la aprobación de la resolución administrativa G-1299- 2004, este Órgano Contralor mantiene el criterio expuesto en su Oficio No.11171 (DI-AA-2149), toda vez que los motivos que imperan en su nota no modifican en forma alguna el cuadro fáctico que en su oportunidad analizó esta Contraloría General, razón por la cual no se encontró fundamento alguno para variar nuestra posición, en el sentido de que el rubro aceptado corresponderá únicamente a las “sumas que efectivamente correspondan a gastos efectuados y originados en razón de la relación contractual correspondiente y a partir de su respectivo perfeccionamiento.
Atentamente,
Lic. Manuel Corrales Umaña M.B.A.
Jefe de Unidad
Anexo: Dos expedientes
CCF/lmu
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Fecha publicación: 19/12/2004
Fecha emisión: 16/12/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: OTROS
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Sr. Jorge Monge Rojas
12 de marzo, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 16225
16 de diciembre, 2004
DI-AA-2901
Licenciado
Luis Leitón Aguilar
Jefe, Departamento Servicios Generales
Instituto Nacional de Seguros
San José
Estimado señor:
Asunto: Contrato administrativo de servicios de aseo en oficinas centrales, suscrito entre el INS y la Empresa Aseo Limpieza Edificios y Oficinas S.A.
Nos referimos a su oficio No. PROV-6546-2004 de fecha 4 de noviembre del presente año, mediante el cual solicita la aprobación del contrato para servicios de aseo en oficinas centrales, suscrito entre el INS y la Empresa Aseo Limpieza Edificios y Oficinas S.A.
Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el documento de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General, condicionado a la existencia de contenido presupuestario.
Atentamente,
Licda. Lucía Golcher Beirute, MBA.
Fiscalizadora
Anexo: Un expediente
LGB/lmu
ci Archivo Central
Ni: 24711
2004007540
( Contratos
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Fecha publicación: 19/12/2004
Fecha emisión: 16/12/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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R-DAGJ-785-2004
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las catorce horas del quince de diciembre del dos mil cuatro.--------------------
Recurso de apelación interpuesto por ASEMECO en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 104407 promovido por el Instituto Nacional de Seguros para la contratación de ultrasonidos músculo esquelético, recaído a favor de Servicios de ultrasonido y Radiología ALFER, SRL, por un estimado anual de ¢80.000.000,00.--------------------------------------------------
R E S U L T A N D O
I. ASEMECO interpuso recurso de apelación el 10 de diciembre del 2004. En suma alega que la adjudicataria ha incumplido el pliego de condiciones y que su plica fue descalificada injustamente.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias, y, ------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: 1) El concurso que nos ocupa, que fue promovido por el Instituto Nacional de Seguros, y cuyo objeto es la contratación de ultrasonidos músculo esquelético, recayó a favor Servicios de ultrasonido y Radiología ALFER, SRL, por un estimado anual de ¢80.000.000,00 (Vid, La Gaceta número 237, del viernes 3 de diciembre del 2004). 2) De las resoluciones del despacho del Señor Contralor, publicadas en las Gacetas de los días 2 y 3 de marzo del 2004, se sabe que el presupuesto promedio para bienes y servicios no personales del Instituto recurrido es de ¢53,196,1 miles lo que, al ser así, hace que la institución recurrida se ubique dentro del estrato A – institución con más de ¢32.700.000.000,00 de presupuesto. Además, dispone la Ley de Contratación Administrativa:“Artículo 84. –Cobertura del recurso y órgano competente. En contra del acto de adjudicación, el rec ...
Fecha publicación: 19/12/2004
Fecha emisión: 16/12/2004
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION